10 Alertas del nuevo Reglamento de Tránsito del DF que deben conocer los peatones

El nuevo Reglamento de Tránsito del DF, entrará en vigor el 15 de diciembre de 2015 (y algunos artículos hasta el 1 de enero de 2016), lo interesante es que es un reglamento que tiene “reglas” concretas para los peatones.

Te damos diez cosas que debes conocer si caminas en las calles de la ciudad de México:

1. Los peatones deben obedecer las indicaciones de los policías, personal de apoyo vial, promotores voluntarios, así como la señalización vial.

2. Los peatones deberán dar preferencia de paso y dar asistencia si es posible a personas con discapacidad o con movilidad limitada.

3. Si usas “vehículos recreativos” como son los patines, patinetas, triciclos y bicicletas infantiles en las vías peatonales debes cumplir: a) dar preferencia a los peatones; b) conservar una velocidad máxima de 10 km por hora que no ponga en riesgo a los demás usuarios de la vía; y c) no sujetarse a vehículos, ya sean motorizados o no.

4. Antes de cruzar una vía, los peatones deben voltear a ambos lados de la calle para verificar que los vehículos tienen posibilidad, por distancia y velocidad, de frenar para cederles el paso.

5. Ceder el paso a vehículos de emergencia cuando éstos circulen con las señales luminosas y audibles funcionando.

6. Cruzar por las esquinas o cruces peatonales en las vías primarias y vías secundarias con más de dos carriles efectivos de circulación; en vías secundarias que cuenten con un máximo de dos carriles efectivos de circulación podrán cruzar en cualquier punto; y siempre y cuando le sea posible hacerlo de manera segura.

7. Utilizar los pasos peatonales a desnivel ubicados en vías de acceso controlado.

8. Los peatones que no cumplan con las obligaciones de este Reglamento serán amonestados verbalmente por los agentes y orientados a conducirse de acuerdo a ellas.

9. Las autoridades correspondientes tomarán las medidas que procedan para garantizar la integridad física y el tránsito seguro de los peatones, en particular, de las personas con discapacidad y movilidad limitada.

10. Las autoridades correspondientes realizarán las acciones necesarias para garantizar que las vías peatonales, se encuentren libres de obstáculos que impidan el tránsito peatonal.

Fuente: Nuevo Reglamento de Tránsito del DF