La Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris) cuenta con un plazo de 10 días para cumplir con el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre los permisos para auto consumo de mariguana a cuatro personas.
El encargado de dar cumplimiento al juicio de amparo es el director ejecutivo de regulación de estupefacientes, psicotrópicos y sustancias químicas de la Cofepris, el cual deberá enviar copia de los documentos que se entreguen a los beneficiados por el fallo a dicho tribunal con el fin de que este verifique que se cumplió con el mandamiento judicial.
De no cumplir con esta disposición el funcionario de Cofepris será multado con cien días del salario mínimo vigente, además que se procederá para la separación de su puesto y su consignación ante otro tribunal con el fin de que sea procesado por el delito de desacato judicial.
De igual forma se le informa al director ejecutivo de autorización de productos y procedimientos de la Cofepris que tiene la obligación de ordenar a su empleado subalterno para que cumpla con el fallo de la Corte ya que de no hacerlo también será multado y acusado de desacato.