Este martes se votará en el Senado sobre el proyecto de dictamen, de la Ley General de Biodiversidad. México entrará a una nueva dinámica de protección, conservación y aprovechamiento de sus recursos naturales, con esta ley.
Las comunidades indígenas la avalan porque la ley permitiría que los recursos naturales puedan aprovecharse en beneficio de las comunidades indígenas y de empresas interesadas, sin que eso implique el daño a los ecosistemas.
Incluye la participación social, el derecho a la información, sanciones de hasta 11.3 millones de pesos y encarcelamiento.
Mantiene medidas de protección a las especies naturales como vedas y prohibiciones para uso de animales en el circo o peleas de perros, así como el comercio de todos los mamíferos marinos, tortugas, algunas especies de tiburón, pez sierra, primates, loros y papagayos.
Consejo Nacional de Áreas Naturales
La Ley General de Biodiversidad considera la creación del Consejo Nacional de Áreas Naturales, los corredores biológicos y permite mayor aprovechamiento de los recursos, con la condición de que se evitará el deterioro, incluso acepta que en algunos rituales tradicionales de las comunidades indígenas se haga uso de especies naturales.
Se define el aprovechamiento sustentable que es la “utilización de elementos de la biodiversidad en forma que se mantenga la prevalencia, viabilidad, funcionalidad y capacidad de recuperarse en el corto plazo sin la aplicación de medidas de restauración o recuperación para restablecer el equilibrio ecológico, así como mantener la prestación de los servicios ecosistémicos que correspondan”.
Y que la conservación se entenderá como “la protección, cuidado, manejo y mantenimiento de los ecosistemas, los hábitats, las especies y las poblaciones de la vida silvestre y de su diversidad genética, de manera que se salvaguarden las condiciones naturales para su permanencia a largo plazo”.
Lo que “comprende el conjunto de políticas y medidas para mantener las condiciones que propicien la evolución y continuidad de los ecosistemas y hábitats naturales, así como de las poblaciones viables de especies en sus entornos naturales y los componentes de la biodiversidad fuera de sus hábitats naturales”.