Crean Consejo Consultivo Empresarial para el Crecimiento Económico de México

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer un decreto por el que se crea el Consejo Consultivo Empresarial para el Crecimiento Económico de México.

En el documento, expedido por la Presidencia de la República, la dependencia señala que dicho Consejo es creado como una instancia consultiva y de vinculación del gobierno federal con el sector empresarial del país.

En el Diario Oficial de la Federación, destaca la importancia para México de fortalecer su presencia internacional como una nación que brinde certidumbre a la inversión y que fomente la creación, consolidación y competitividad de micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) y de emprendedores, así como la promoción de importaciones y exportaciones que permitan un crecimiento económico sostenido.

De ahí que define la competitividad como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo.

El nuevo Consejo tendrá por objeto coordinar acciones para la formulación de políticas y programas tendientes a impulsar y acelerar el crecimiento sostenido y sustentable de la economía, en un marco de estabilidad y bienestar social.

Deberá diseñar y proponer esquemas que se vinculen con las políticas y programas de la administración pública federal en materia de desarrollo productivo, competitividad e innovación para acelerar el crecimiento económico.

Entre sus objetivos, destaca: proponer mecanismos de coordinación para el fortalecimiento de las acciones del gobierno federal para la promoción de exportaciones y de atracción de inversión extranjera directa.

El Consejo estará integrado por los secretarios federales de Hacienda, de Economía, del Trabajo y de Turismo, así como por cinco representantes que abarquen los sectores empresarial y financiero del país.

Estos últimos integrantes serán designados por invitación directa que formule el presidente del Consejo y durarán dos años en sus funciones, con la posibilidad de ser llamados para periodos subsecuentes.

En el decreto, en vigor a partir de mañana, se señala que el Consejo podrá crear comités de carácter permanente o transitorio para atender asuntos específicos.

Agrega que la instalación del Consejo deberá efectuarse dentro de los 30 días naturales siguientes a su entrada en vigor, en tanto que sus Lineamientos de Operación tendrán que estar listos en la primera sesión ordinaria posterior a su instalación.