El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que la hoy candidata de Morena al gobierno del Estado de México, Delfina Gómez Álvarez, sí realizó actos anticipados de campaña, por lo que se impusieron multas a ella y a su partido.
La Sala Superior del TEPJF ratificó por unanimidad la sentencia PES/3/2017 emitida por el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM), por medio de la cual se impusieron sendas multas al partido Morena y a su precandidata.
Al resolver el expediente SUP-JRC-37/2017 y acumulado, la Sala Superior del TEPJF consideró infundados los argumentos sobre que las manifestaciones realizadas por Gómez Álvarez y la entrega de propaganda durante los actos públicos objeto de denuncia, no constituyeron actos anticipados de campaña.
Pues la participación de la entonces precandidata y de los integrantes de la estructura partidista de Morena, se realizó en lugares públicos, donde se invitó a la ciudadanía, haciendo referencia de manera predominante al nombre, cualidades y carrera política de la precandidata, sin mencionar un proceso partidario interno.
Cabe recordar que el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) impuso una multa equivalente a alrededor de 75 mil 500 pesos a Delfina Gómez, así como una de 377 mil 500 pesos a su partido, por incurrir en actos anticipados de campaña, que fueron impugnadas por Morena ante el TEPJF.
Con información de Notimex