Padres tendrán que pagar pensión alimenticia retroactiva desde el nacimiento: SCJN

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó el pago retroactivo de la pensión alimenticia.

De tal manera que  las personas que tienen hijos y no los han reconocido, en caso de que se demuestre que sabían que su pareja quedó embaraza antes de abandonarla, tendrán que pagar una pensión retroactiva desde el nacimiento.

Con tres votos a favor y dos en contra, los ministros señalaron que la pensión que debe fijarse contra quienes abandonan a sus hijos, se establecerá de acuerdo a su situación económica.

“No importan los años que hayan transcurrido, pues el derecho de los hijos por recibir alimentos es imprescriptible”, dijo la ministra Olga Sánchez Cordero, derivado del amparo directo en revisión 5781/2014.

Se debe tomar en cuenta si el padre tuvo conocimiento previo del embarazo y/o nacimiento del hijo, con la finalidad de saber si tenía la intención de cumplir con las obligaciones.

Para demandar el pago de la pensión, los jueces deberán tomar en cuenta la posibilidad económica actual del deudor alimenticio.