¿Por qué aseguradoras no pueden cubrir deudas de hipotecarios en pérdidas por sismo?

Clientes de créditos hipotecarios con menos de cinco años de tener el financiamiento, reportan problemas para cobrar el seguro porque no se toma en cuenta el valor comercial del inmueble.

Los seguros de daños asociados a los créditos hipotecarios diseñados por la banca no alcanzan a cubrir la deuda contratada con la institución, por el que en caso de pérdida total, el cliente incluso tendría aún un pasivo por un inmueble que desapareció.

Al revisar las pólizas asociadas con su financiamiento y hacer los primeros cálculos, las aseguradoras se dieron cuenta de que no se alcanzaba a cubrir el monto del crédito contraído.

Lo anterior se ha generado, indicaron especialistas, porque no se toma en cuenta el valor comercial del inmueble, sino el correspondiente al avalúo de la construcción, sin incluir el terreno u otras amenidades que pudieran existir en un condominio.

La diferencia entre ambos montos, el valor comercial y el avalúo, ‘abre la puerta’ para que una persona continúe debiendo si sufrió una pérdida total ya que el seguro de daños protege el “valor destructible” o la construcción, lo que no alcanza para saldar la deuda de un crédito hipotecario que está en los primeros años de haber sido concedido.

El tema de las discrepancias entre los valores asegurados está siendo abordado por la Secretaría de Hacienda, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, la Asociación de Bancos de México (ABM), la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) quienes han iniciado reuniones para encontrar una solución al problema que están enfrentando afectados que perdieron su vivienda y tenían un crédito hipotecario reciente.

En la Condusef se han reportado más de 600 consultas sobre el tema y la presentación formal de 40 quejas referentes a seguros de daños de créditos hipotecarios.

Existen diferencias entre las pólizas de créditos hipotecarios: las pólizas que marcan saldar la deuda del crédito sobre el saldo insoluto, y otras que ofrecen pagar sobre el valor destructible a la que se le restan diversos conceptos como coaseguros y deducibles, quedando en el primer caso el cliente del crédito hipotecario eximido de la deuda, pero si dio algún enganche o la propiedad valía más no recibirá nada adicional y el segundo, en donde los valores de avalúo y comercial no coinciden, dejando a la persona debiendo al banco.

“Son los bancos quienes han diseñado este esquema, en donde el seguro no alcanza a cubrir de forma real al inmueble, por lo que la persona seguiría debiendo”, señaló el director general de la AMIS, Recaredo Arias.

Arias adelantó que están pidiendo a las instituciones financieras que definan una política para “que queden bien alineados desde el punto de vista del seguro. Un valor asegurado no puede ser más de lo que verdaderamente vale lo que se está asegurando, y aquí los bancos tienen que ir teniendo su parte de protección de tener un seguro alineado al crédito y enganche”.