La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), obtuvo del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal sentencia favorable en contra de Comercializadora de Frecuencias Satelitales S. R. L de C.V, (Dish) para quitar de sus contratos de adhesión cláusulas que afectan a las y los consumidores.
Mediante un boletín de prensa la dependencia dio a conocer el resultado del juicio de nulidad promovido en 2011 contra de Dish.
La autoridad competente determinó que dicha empresa debe eliminar del contrato las siguientes:
1. La obligación solidaria de quien recibe el equipo, aunque no sea el contratante, a cubrir todas las obligaciones que se deriven del contrato.
2. A contratar el servicio por paquetes que DISH disponga, aunque no sean los canales que la suscriptora o suscriptor elija, detalló la Procuraduría.
3. El juez correspondiente determinó la invalidez de las siguientes cláusulas: El pago de los paquetes impuestos por DISH, aunque no sea a satisfacción de las y los consumidores. La modificación unilateral de DISH para cambiar tarifas sin previo aviso, precisó el comunicado.
4. Se elimina la posibilidad de que la empresa envíe a los suscriptores publicidad de productos o servicios aun cuando el número telefónico esté inscrito en el Registro Público para Evitar Publicidad (REPEP).