SAT elimina pago de impuestos a personas físicas con actividad empresarial

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que las personas físicas con actividad empresarial y que sus ingresos no rebasen los 100,000 pesos al año no pagarán IVA ni IEPS.

El Ejecutivo Federal otorgó a quienes tienen ingresos anuales de hasta 100,000 pesos un descuento de 100% del IVA y del IEPS a pagar durante los años en que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), a partir de enero del 2015.

En un comunicado, precisó que el nuevo régimen ofrece un esquema de cálculo simplificado del IVA y del IEPS con base en dos datos: el monto de los ingresos bimestrales y el sector al que pertenece el contribuyente. Con ello, el Servicio de Administración Tributaria calculará el monto de los impuestos y posteriormente aplicará el descuento del 100 por ciento.

También, informo que a partir de enero del 2015 los contribuyentes con ventas al público en general, con ingresos entre 100,000 y dos millones de pesos anuales no pagarán IVA ni IEPS en su primer año de incorporación, y se les otorgarán descuentos durante los siguientes nuevos años, como ocurre en el caso del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Además de estos beneficios, los contribuyentes que se integran a la formalidad inscribiéndose en el Régimen de Incorporación Fiscal tienen la oportunidad de obtener acceso a los servicios de salud, financiamiento de vivienda, otorgamiento de una pensión, créditos a su medida, entre otros.

El SAT hace una invitación a quienes aún ejercen alguna actividad económica en la informalidad a que se sumen al Régimen de Incorporación Fiscal y obtengan los beneficios que se obtienen al estar inscritos.