SCJN avala despidos de maestros faltistas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es legal que los maestros faltistas sean despedidos cuando no puedan justificar su ausencia de las aulas hasta en tres ocasiones, en forma discontinua o consecutiva,

Lo anterior en el lapso de un mes, como lo establece el artículo 76 de la Ley General del Servicio Profesional Docente.

Los profesores que no puedan acreditar sus faltas serán separados del servicio “sin responsabilidad para la autoridad educativa o para el organismo descentralizado, y sin necesidad de que exista resolución previa del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o sus equivalentes en las entidades federativas”.

150 mil maestros presentaron siete mil amparos contra la reforma educativa.