Los usuario de las aerolíneas podrán solicitar indemnización cuando su vuelo registre una demora sea superior a dos horas e inferior a cuatro.
El pago será mínimo del 7.5% del valor del boleto en su próximo viaje, pero si la demora es mayor a cuatro horas, será compensado recibiendo la devolución del monto total del boleto y una indemnización equivalente al 25% del valor del boleto.
El pasajero podrá solicitar la devolución del importe de su boleto, en caso de que decida no efectuar el viaje, siempre y cuando lo comunique dentro de las 24 horas contadas a partir de haberlo comprado.
Estas reglas se publicaron este lunes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), son las reformas las Leyes Federal de Protección al Consumidor y de Aviación Civil.